El procedimiento consta de tres fases. Una notarial y dos en el Juzgado.
La primera se trata de conseguir un acuerdo ante Notario con los acreedores reduciendo hasta en el 99% la deuda. Si se logra el acuerdo, solo pagarás la cantidad restante, es decir, un 1% o un poco más dependiendo de los casos.
Si no se logra el acuerdo ante el Notario, que es lo más normal, pasamos a la 1ª fase judicial. En esta fase, si el deudor tiene bienes se venderán para para pagar a los acreedores. Un detalle importante, en determinados supuestos se puede conservar la vivienda habitual.