Este despacho logra una nueva sentencia que anula un contrato de Valores Santander suscrito por una empresa y por dos consumidores.
Este despacho, bajo la dirección letrada de Raúl Rodríguez Sánchez, presentó demanda a Banco Santander en nombre de una empresa y dos consumidores que adquirieron Valores Santander. Los valores se adquirieron por tramos. Así, la mercantil adquirió valores santander por importe de 20.000 a través de su administrador social. Seguidamente, el administrador social en nombre propio y su esposa adquirieron 15.000 euros más.
Se presentó demanda y el juzgado de Primera Instancia 5 de Hospitalet de Llobregat. El juzgado en Sentencia de fecha 23/07/2017 dio la razón a Banco Santander. La sentencia de primera instancia se puede descargar aquí. Se presentó recurso ante la Audiencia Provincial de Barcelona que revocó la Sentencia. Aquí se puede descargar la Sentencia 261/2019 de 16 de abril, dictada por la Sección 11 de la Audiencia Provincial de Barcelona
La Sección considera que Valores Santander es un producto financiero complejo y que no se suministró información adecuada. Hace un exhaustivo repaso de la cuestión remitiéndose a otros procesos de reclamación de Valores Santander cuyas sentencias han sido similares.
Finalmente, la audiencia considera que el contrato es nulo por “falta de información sensible para la debida formación de la voluntad, consistente en falta de suministro, objetivamente no acreditado, de tal información, y en la falta de transparencia en cuanto a la determinación -en la información disponible- de los concretos efectos referidos a la fijación en cada momento del precio final”.
Lo interesante de esta sentencia es que una de las partes contratantes no era consumidora, sino una empresa. Dicha circunstancia no ha supuesto obstáculo para la anulación del producto contratado.
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